Cálculo orientativo hecho en cuantomecorresponde.com. No es un documento oficial.
Cómo se calculan
Los días generados son proporcionales al tiempo trabajado en el año:
días generados = días al año × días trabajados / días del año
A eso le restas los que ya hayas disfrutado. Si terminas el contrato con días pendientes, la empresa te los paga en el finiquito.
Ejemplo
Del 1 de enero al 30 de junio de 2026 son 181 días. Con 30 días al año: 30 × 181 / 365 = 14,88 días generados. Si ya disfrutaste 5, te quedan 9,88.
Preguntas frecuentes
¿Son 30 días naturales o 22 laborables?
El Estatuto fija un mínimo de 30 días naturales al año. Muchos convenios lo expresan como 22 días laborables (lunes a viernes), que viene a ser lo mismo. Usa la cifra que diga tu contrato o tu convenio; si dice 22 laborables, pon 22.
¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de disfrutarlas?
Solo cuando termina el contrato. Mientras trabajas, las vacaciones no se pueden cambiar por dinero (art. 38 del Estatuto). Al acabar, las no disfrutadas se pagan en el finiquito.
¿Las vacaciones pagadas en el finiquito retrasan el paro?
Sí: durante esos días sigues de alta en la Seguridad Social y el paro empieza después. Calcula tu plazo.
¿Se generan vacaciones estando de baja médica?
Sí. La incapacidad temporal no impide generar vacaciones, y si coinciden con unas vacaciones fijadas, tienes derecho a disfrutarlas después.